Juan Masiá, 18 de enero de 2014 a las 10:45
(Este artículo de Juan Masiá, bioético jesuita, me parece un
planteamiento muy serio para ayudar en la reflexión sobre algunos de los temas
más conflictivos y discutidos sobre la Familia. Justo en este momento en que la
Iglesia se prepara para el Sínodo sobre la Familia).
En vez de responder directamente a las preguntas
enviadas por el secretariado del Sínodo (que parecen formuladas para inducir y condicionar la respuesta), es
preferible expresar para conocimiento de los obispos sinodales una opinión
sobre cada uno de los nueve temas indicados en el título de cada bloque de
preguntas. En el marco de una reunión con profesionales y matrimonios católicos
que asisten a cursos de formación permanente en teología, redacto mi propia
opinión incorporando las aportaciones recibidas por los participantes.
1. Sobre Biblia y magisterio
eclesiástico acerca de la familia.
En vez de preguntar si se difunden y cómo se
aceptan las enseñanzas de la Iglesia sobre matrimonio, familia y sexualidad,
hay que plantear la revisión radical del modo de leer, interpretar y aplicar
los textos bíblicos, tal como se los usa en Humanae vitae de Pablo VI, en
Familiaris consortio de Juan Pablo II y en el Catecismo de 1992.
2. Sobre matrimonio y ley natural.
En vez de preguntar
por el matrimonio según la ley natural, hay que revisar y corregir la manera
estrecha de entender la llamada ley natural y la pretension de que la Iglesia
se arrogue el monopolio de su interpretación. Es necesario clarificar el modo
de entender la enseñanza de la Iglesia en el campo moral. Se refiere
más a una enseñanza parenética o exhortativa, que pretende ayudar a
las personas a evitar el mal y hacer el bien. El papel de la Iglesia, como explicaba el
cardenal Martini, no es el de multiplicar definiciones y condenaciones, sino el
de ayudar a las personas a vivir más humanamente y con esperanza. La confusión entre
estas exhortaciones y la doctrina moral es dañosa, porque provoca el
malentendido de considerar herético lo que es meramente un disentir responsable
con relación a una determinada recomendación que no tiene por qué ser
considerada como una afirmación doctrinal.
3. Sobre pastoral familiar y
evangelización.
*No es sólo cuestión
de flexibilizar la práctica pastoral sin tocar la enseñanza sobre la supuesta
"doctrina" de la Iglesia. De hecho, hace décadas que muchas personas
creyentes y obispos y sacerdotes que están en el seno de la iglesia se sienten
con toda libertad para disentir de las exageraciones de la llamada
"doctrina de la Iglesia". Pero esta no cambia abierta y oficialmente
y hay una brecha abierta de separación
entre esta práctica pastoral evangélica y las posturas oficales de la Iglesia,
con las que pierde credibilidad dentro y fuera de ella. Por ejemplo, hay
creyentes que piensan que usar un preservativo está prohibido, y hay no
creyentes que piensan que el uso del preservativo está condenado. Pero en el
consultorio y en clase de teología moral decimos claramente, con frase del
Cardenal Martini, que "ni le corresponde a la iglesia condenarlo ni es su
misión recomendarlo". Sin embargo las jerarquías eclesiásticas no se han atrevido
a decir esto y por eso han perdido tanta credibilidad durante los tres últimos
pontificados.
*Tanto en la práctica
de la pastoral familiar como en los documentos y exhortaciones de la Iglesia
sobre matrimonio y familia hay que corregir tres fallos graves :
1) Hay que evitar la falta de distinción entre las
enseñanzas principales (que son pocas y muy básicas, p. e., la paternidad
responsable) y las cuestiones secundarias y discutibles (que pueden ser muy variadas, p.e., las recomendaciones que hicieron los
Papas Pablo VI y Juan Pablo II acerca de los anticonceptivos.
2) Hay que evitar que
se junte el olvido de las enseñanzas principales con el empeño en convertir en
señal de identidad católica el asentimiento ciego a esas otras recomendaciones secundarias.
3) Hay que evitar que personas creyentes poco formadas
como adultas en su fe crean equivocadamente que no se puede disentir de la
iglesia en estas cuestiones secundarias y confundan la discrepancia razonable y responsable
con la disidencia e infidelidad (Por ejemplo, disentir de la Humanae vitae no
es cuestión de pecado, ni de obediencia, ni de fe. Esto hay que enseñarlo
claramente y no sólo decirlo en voz baja en el consultorio o en el
confesionario).
4. Sobre la actitud pastoral ante las
situaciones difíciles de parejas y matrimonios.
*Hay que revisar el criterio acerca de las
relaciones sexuales fuera del marco jurídicamenrte formalizado como matrimonio.
Una buena referencia es el triple criterio propuesto por el episcopado japonés
en su Carta sobre la Vida (1983): Criterio de fidelidad consigo mismo: ¿Cómo
actuar en el terreno de la sexualidad y el amor, de modo que se respete uno a
sí mismo? Criterio de sinceridad y autenticidad para con la pareja: ¿Cómo
actuar en el terreno de la sexualidad y el amor de modo que se respete a la
pareja? Criterio de responsabilidad social. ¿Cómo actuar de modo que se tome en
serio la responsabilidad para con la vida que nace como fruto del amor?
*Hay que revisar la
opinión expresada en los documentos oficiales de los tres últimos pontificados
acerca de la inseparabilidad de lo unitivo y lo procreativo en la relación sexual y en cada uno de sus actos.
*La propuesta de una
ética de máximos como ideal, por ejemplo, acerca del matrimonio indisoluble,
debe hacerse compatible con la aceptación y apoyo pastoral y sacramental de las
personas tras la ruptura de una relación matrimonial, y en el proceso de
rehacer la vida con o sin otra nueva relación.
5. Sobre las relaciones de pareja homosexuales.
5. Sobre las relaciones de pareja homosexuales.
No basta afirmar con
el catecismo que las personas con una orientación homosexualno deberían ser
discriminadas ni en la sociedad ni en la Iglesia (Catecismo
de la Iglesia católica, n. 2358). No basta afirmar que la orientación
homosexual en sí misma no es un mal moral (Véase la Instrucción de la
Congregación para la Doctrina de la fe, Carta a los obispos
de la Iglesia católica sobre el cuidado pastoral de personas
homosexuales, 1986, n. 3).
No basta explicar que algunos textos de la
Escritura en que se alude a prácticas homosexuales deben ser leídos en el
contexto de denuncia de las costumbres sociales de la época; no deberían ser
utilizados nunca para emitir un juicio de culpabilidad contra quienes sufren a
causa de su orientación sexual (Véase la Instrucción de la
Congregación para la Doctrina de la fe, Persona humana, 1975, n.
8). Hay que dar un paso más y, en vez de concentrarse en cuestionar la relación
sexual, la Iglesia debería confrontar el problema inherente a las
reacciones negativas, tanto religiosas como sociales, con que se confronta este
tema en la Iglesia y en la sociedad. Y dar también el paso de la
acogida comunitaria, sacramental y pastoral de estas parejas y de la educación
de su prole.
6. Sobre la educación de los hijos-as
de parejas "no formalizadas" según el llamado "modelo
tradicional" de familia.
Sin renunciar a lo
ideal, hay que ser realista. Sin dejar de recomendar el ideal de la
indisolubilidad, hay que asumir el hecho inevitable de las rupturas y la
necesidad de sanación humana, espiritual y sacramental. Como escribe el
epsicopado japonés en su Carta del Milenio, "Reconocemos que muchos
hombres y mujeres no son capaces de cumplir la promesa de amor que hicieron al
casarse... Hay situaciones en las que por diversas razones la ruptura es
inevitable... Estas personas necesitan consuelo y ánimo. Lamentamos que la
Iglesia haya sido a menudo un juez para ellas... Cuando el vínculo
matrimonial, lamentablemente, se ha roto, la Iglesia debería mostrar
una comprensión cálida hacia esas personas, tratarlas como Cristo las trataría
y ayudarlas en los pasos que están dando para rehacer su vida... Esperamos que
quienes han pasado por el trance penoso del divorcio y han encontrado a otra
persona como compañera en el camino de la vida serán apoyados por la
Iglesia con un amor materno y acogedor".
7. Sobre la acogida de la vida
naciente.
*No ha de extrañar
que una gran mayoría de esposos católicos apoyados por el ministerio pastoral
vengan disintiendo de las orientaciones eclesiásticas sobre la regulación de la natalidad. No es un problema de
moral, sino de eclesialogía mal entendida. No es problema de
desobediencia, sino de responsabilidad.
*La violación es un
acto que, con su violencia hiere la dignidad de la persona en su mismo centro. Es evidente que el embarazo no debe ser el resultado
de una violencia. Esto se aplica no solamente a los casos de
violación en el sentido más estricto de la palabra, sino también a otros casos
de violencia más o menos disimulada. Hay que responder que, en muchos casos,
interrumpir ese proceso en sus primeros estadios constitutivos no es solamente
lícito, sino hasta obligatorio. De lo contrario, la persona correría el riesgo
de verse ante el dilema de asumir irresponsablemente la maternidad o recurrir a
la interrupción del embarazo en el sentido estricto y moralmente negativo de la
palabra aborto. La prevención de la implantación ayudaría a evitar ese dilema;
la "intercepción" (que se lleva a cabo durante las dos primeras
semanas) sería la alternativa razonable y responsable frente al dilema entre
contracepción y aborto.
*Al defender la vida nascitura hay que evitar los
malentendidos a que da lugar la definición del concebir como un momento,en vez
de como un proceso; también evitar la confusión entre las interrupciones
excepcionales de la gestación antes de la constitución del feto y la
terminación abortiva injusta de la vida naciente.
Optamos por la acogida responsable del proceso de vida emergente y
nascente, que implica la exigencia de que, si y cuando se plantee su
interrupción excepcional sea de modo responsable, justo, justificado, y en
conciencia. Por tanto, deberíamos presuponer, ante todo, una actitud básica de
respetar el proceso de concebir iniciado en la fecundación; acoger la vida
naciente desde el comienzo del proceso; favorecer el desarrollo saludable del
proceso de gestación de cara al nacimiento; y protegerlo, haciendo todo lo
posible para que no se malogre y para que no se interrumpa el proceso, ni
accidentadamente, ni intencionadamente de modo injustificado.
Esta acogida y
protección debe llevarse a cabo de modo responsable. Pero esta postura en favor
de la acogida de la vida no significa que esa vida sea absolutamente intocable.La acogida ha de ser responsable y podrán presentarse casos
conflictivos que justifiquen moralmente la interrupción de ese proceso.
Si no se va a poder asumir la responsabilidad de acoger, dar a luz y criar esa
nueva vida, hay que prevenirlo a tiempo mediante los oportunos recursos
anticonceptivos (antes del inicio de la fertilización) o interceptivos (antes
de la implantación).
Habrá casos límite en los que pueda
darse incluso la obligación (no el derecho) de interrumpir en sus primeras
fases el proceso embrional de constitución de una nueva individualidad antes de
que sea demasiado tarde. Ejemplos de estos casos de conflicto
de valores serían: cuando la continuación de ese proceso entra en serio y grave
conflicto con la salud de la madre o el bien mismo de la futura criatura,
todavía no constituída.
En estos conflictos, a la hora de sopesar los
valores en juego y jerarquizarlos, el criterio del reconocimiento y respeto a
la persona deberá presidir la deliberación. Cuando, como consecuencia de esta
deliberación, se haya de tomar la decisión de interrumpir el proceso, esta
decisión corresponderá a la gestante y deberá realizarse, no arbitrariamente,
sino responsablemente y en conciencia.
Finalmente, estas
decisiones de interrupción del proceso deberían tener en cuenta el momento de
evolución en que se encuentra esa vida en esas fases anteriores al nacimiento.
Esa vida sería menos intocable en las primerísimas fases y el umbral de intocabilidad, en principio, no
debería estar más allá del paso de embrión a feto en torno a la novena semana. Pasado este umbral,
si se presentan razones serias que obliguen a una interrupción del proceso, no
debería llevarse a cabo como un pretendido derecho de la gestante, sino por
razón de una justificación grave a causa de los conflictos de valores que
plantearía la continuación del proceso hacia el nacimiento. Cuanto más avanzado
fuera el estado de ese proceso, se exigirían razones más serias para que fuera
responsable moralmente la decisión de interrumpirlo.
8. Sobre la dignidad de la persona en
la familia.
El respeto a la
dignidad de las personas en la familia es más importante que la defensa de la
supuesta indisolubilidad incondicional del vínculo matrimonial. Hay que evitar
laviolencia doméstica mediante el rrespeto mutuo de los esposos, el respeto de la autonomñia
de los hijos-as, sin impedir posesivamente su crecimiento, y el respeto a los
progenitores y cuidado en ancianidad deberían preocupar a la pastoral familiar,
más que las discusiones sobre la procreación médicamente asistida o el recurso
a los anticonceptivos.